Nuestra notaría pone a su disposición la información acerca de la documentación que debe aportarnos.
En cualquier caso y ante cualquier duda, póngase en contacto con nosotros. Le asesoraremos. Somos expertos.
A) Obras de nueva construcción o de ampliación de otras anteriores:
Títulos de propiedad de los titulares del solar.
D.N.I de los interesados.
Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
Referencia catastral (último recibo del IBI).
Licencia municipal de obras.
Proyecto técnico, con indicación del presupuesto de ejecución material.
Una vez otorgada hay que aportar certificación del arquitecto autor del proyecto acreditando que la descripción que se contiene en la escritura coincide con el proyecto para el que se obtuvo licencia de obras.
B) Obras ya existentes con anterioridad, en las que no hay proyecto técnico:
Títulos de propiedad de los titulares del solar.
D.N.I de los interesados.
Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
Referencia catastral (último recibo del IBI).
Descripción de las características de la edificación.
Certificación municipal de la existencia de la edificación y su descripción, acreditando que la obra nueva no está incursa en ningún expediente municipal sancionador por indisciplina urbanística.
Valor que se asigna a la obra nueva que se declara.
(Si es preciso realizar división horizontal, las descripciones de cada uno de los departamentos independientes del edificio, con sus anejos)